Según pone de manifiesto la Recomendación de la Comisión Europea de 18 de noviembre de 2020 sobre el uso de pruebas rápidas de antígenos para el diagnóstico de la infección por SARS-CoV-2, tanto para la Organización Mundial de la Salud (OMS) como para el Centro Europeo para la Prevención y el Control de Enfermedades, la PCR es la prueba más fiable para diagnosticar a los casos sospechosos y contactos. Esta Recomendación, que como instrumento jurídico no resulta vinculante, sugiere que se realicen pruebas rápidas de antígenos, además de las PCR, en entornos claramente definidos donde sea apropiada su utilización y con el objetivo de contener la propagación del coronavirus, detectar infecciones por SARS-CoV-2 y limitar medidas de aislamiento y cuarentena. Por ello, esta Recomendación persigue también el objetivo comunitario de garantizar la libre circulación de personas y el buen funcionamiento del mercado interior en épocas de capacidad de prueba limitada.
Asimismo, la utilización de los test de antígenos puede estar justificada, además de en los supuestos indicados en dicha Recomendación, cuando haya escasez de ensayos de PCR o si el tiempo de respuesta del resultado es superior a 24 horas. Ahora bien, si un Estado decide utilizarlas, deben ser realizadas por personal sanitario capacitado, conforme a lo previsto en las instrucciones de su fabricante y en los protocolos para la obtención y el manejo de muestras eficientes. En situaciones de alta transmisión y medidas restrictivas, con escasez de PCR o demora diagnóstica y gran presión asistencial en centros de Atención Primaria, sería necesario poner en la balanza los riesgos derivados de los falsos negativos (particularmente en entornos de alto riesgo) y falsos positivos con el beneficio de detectar y aislar con rapidez casos potencialmente contagiosos en el ámbito comunitario, en función de los recursos y capacidades disponibles. En esta línea de actuación, adaptándose a la situación epidemiológica y a la estructura de los servicios sanitarios de cada país, se sitúa esta Recomendación que, además, insta a realizar una prueba de confirmación, tras la evaluación por parte del profesional del resultado (sintomatología compatible, contacto estrecho con caso confirmado).
A partir de este marco, desde SESPAS queremos trasladar a la sociedad a través de un nuevo posicionamiento algunas de nuestras preocupaciones respecto al uso de test de antígenos para diagnosticar a los casos sospechosos y contactos de la infección por SARS-CoV-2. Y es que, en el contexto epidemiológico de nuestro país, el balance riesgo-beneficio del uso de test de antígenos en cribados poblacionales o a demanda en las farmacias es incierto y el coste-oportunidad se prevé importante, puesto que supondrá derivar recursos de la sanidad pública, fundamentalmente de la atención primaria, a profesionales de ejercicio profesional privado. Se produce la externalización de una prestación y se introduce en el sistema un nuevo y desconocido instrumento de colaboración público-privada. Las oficinas de farmacias son un recurso comunitario y la Ley General de Salud Pública contempla su colaboración en programas y estrategias de salud pública. No obstante, no estamos en un contexto que justifique suficientemente derivar de forma generalizada -y sin una profunda reflexión y planificación previa- la prestación de este servicio sanitario a ámbitos, a priori, poco adecuados.
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