La contaminación atmosférica condiciona mucho la salud colectiva. Aunque en nuestro país haya mejorado notablemente gracias al propio contexto económico y a las regulaciones exigentes de las fuentes de emisión de contaminantes, en algunas grandes ciudades persiste un problema de concentraciones elevadas. Éstas se deben especialmente a las emisiones de los motores de los vehículos, especialmente de los diéseles, y se traducen en niveles relativamente elevados de partículas en suspensión (PM), de óxidos de nitrógeno (NO2), y en algunos casos del ozono derivado de éstos.

Buena parte de la población no percibe la importancia de este problema ni los riesgos que comporta para su salud por su origen difuso y su cotidianeidad. Y sin embargo, la contaminación atmosférica es un enorme problema para la salud pública: tanto las partículas en suspensión (especialmente las más finas, que son respirables y llegan hasta los alveolos) como los óxidos de nitrógeno y el ozono influyen negativamente en la salud, y afectan a toda la población. La contaminación del aire aumenta los ingresos hospitalarios y las muertes por problemas cardiacos y vasculares, bronquitis, asma y otras enfermedades respiratorias, además de aumentar el riesgo de recién nacidos prematuros y con bajo peso, y de alterar el desarrollo neurológico en la infancia. Sus efectos se concentran en personas frágiles, especialmente las que sufren enfermedades cardiacas y respiratorias y las de mayor edad. Además, vivir en una zona con mayor contaminación del aire comporta más riesgo de sufrir cáncer respiratorio a largo plazo. Es importante que la sociedad integre este conocimiento, y el rol de los medios de comunicación es crucial para ello.

Debido a los riesgos que comporta la contaminación atmosférica, para proteger a la ciudadanía se han fijado niveles máximos admisibles en normas regulatorias europeas y españolas en base al conocimiento científico disponible, así como en relación a lo que es factible y realista hoy en día. Sin embargo, diversas grandes ciudades españolas superan los niveles medios admisibles para algunos contaminantes, o el número máximo de días con concentraciones superiores a los definidos en la normativa. Esto pasa también en otras grandes ciudades europeas de la cuenca mediterránea donde llueve poco, y que el fraude de algunos fabricantes de coches eludiendo las normas de emisiones de sus motores ha agravado. En los últimos años la situación ha mejorado algo, pero esta mejoría se produce muy lentamente.

En estas condiciones, la única opción para alcanzar a corto y medio plazo niveles de contaminación ambiental que no superen los límites fijados es adoptar planes de movilidad muy exigentes que reduzcan la circulación de los vehículos en nuestras ciudades, especialmente de aquellos que son más contaminantes. SESPAS ya hace unos meses apoyó a través de una nota de prensa las políticas municipales de movilidad saludable y sostenible que ciudades como Barcelona o Bilbao han iniciado hace tiempo o también la ciudad de Madrid que ha iniciado este proceso más tarde.

En el caso de Madrid, la definición de la zona de bajas emisiones vigente en la almendra central desde finales de 2018 para reducir los niveles de contaminación del aire se hizo a partir de estudios previos sólidos, desarrollando un proceso ya iniciado por anteriores equipos de gobierno municipales, y previendo una evaluación basada en datos empíricos para modular ajustes en la medida en que fuera necesario. La evaluación de este tipo de medidas requiere una recogida sistemática y continuada de datos de contaminación, meteorología, tráfico y salud, así como un análisis estadístico sofisticado para controlar los factores que pueden confundir los resultados. Su suspensión pocos meses después de su inicio sin datos que permitan juzgar sus efectos de manera objetiva puede llevar a una dinámica de adopción de decisiones basada en impulsos mediáticos o en la ideología, que no debieran afectar a un ámbito que afecta a la salud pública y está regulado en normas legales vigentes. Por ello es muy razonable que la autoridad judicial haya acordado dejar sin efectos esta suspensión cautelarmente.

Además, la ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública dispone que las Administraciones públicas, en el ámbito de sus competencias, protegerán la salud de la población mediante actividades y servicios que actúen sobre los riesgos presentes en el medio. Cabe recordar que el artículo 52 de la referida ley establece que la Autoridad Sanitaria Estatal podría adoptar medidas de intervención especial por razones de necesidad. La actual carga de enfermedad y sufrimiento evitables que causa la contaminación atmosférica en España requiere acciones decididas para reducirla.

Por ello, desde la Sociedad Española de Salud Pública y Administración Sanitaria (SESPAS) solicitamos al actual consistorio de Madrid que preserve los esfuerzos adoptados previamente para reducir la contaminación atmosférica, y que los amplíe para poder progresar. La suspensión cautelar acordada por el juzgado de lo contencioso-administrativo muestra la importancia de no tomar decisiones en este campo sin unas bases sólidas. Expresamos pleno apoyo a nuestros colegas de la Asociación Madrileña de Salud Pública (AMaSaP), la Sociedad Española de Sanidad Ambiental (SESA) y la Sociedad Española de Epidemiología. Las tres sociedades, federadas en SESPAS, se han manifestado en el mismo sentido, en defensa tanto de la salud de la ciudadanía de Madrid como de la sanidad ambiental.

Posicionamento SESPAS Madrid Central
Last modified: 9 de julio de 2019
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